Las novedades del permiso parental

Acaba de comenzar el nuevo año 2021, y con él, llegan novedades relativas al permiso parental. A partir del 1 de enero se iguala la duración del permiso que disfrutan ambos progenitores ante la llegada de un nuevo integrante de la unidad familiar: ambos progenitores disfrutarán de un permiso idéntico de 16 semanas tras el parto.

Así lo encontramos regulado en el artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores tras la redacción que se le dio mediante el Real Decreto Ley 6/2019, de 1 de marzo. En este precepto se recoge que, la suspensión del contrato para ambos progenitores será de dieciséis semanas, siendo dichos permisos intransferibles entre ellos.

De esas dieciséis semanas, las seis primeras deberán disfrutarse en las semanas siguientes al parto, y las diez restantes por periodos semanales completos, ya sea de forma independiente o agrupadas, bien de forma inmediatamente posterior a esas primeras seis semanas tras el nacimiento o hasta que el menor cumpla los doce meses. En cualquiera de los casos, los progenitores deberán comunicar a la empresa cómo van a disfrutar de estas diez semanas de permiso, con un mínimo de quince días de antelación.

Del mismo modo, hay que tener en cuenta que las primeras seis semanas tras el nacimiento, el permiso habrá de disfrutarse en jornada completa. Mientras que el resto de semanas, las otras diez, podrán disfrutarse de bien en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial, llegando a un acuerdo tal efecto con la empresa.

Por supuesto que el permiso parental no se disfrutará sólo en caso de nacimiento de hijo biológico, sino que se disfrutará en igualdad de condiciones para el caso de adopción. Así, todas las referencias que hemos hecho al parto se deben tener hechas a la resolución en que se formaliza la adopción.

Y todo ello, como siempre, salvo mejor opinión.

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